Estatuto
Capítulo 12 - Disposiciones Transitorias
Art. 66 - Las disposiciones de la presente reforma estatutaria aplicanse, desde luego, afirmar que los mandatos del actual Directoria y del Consejo Deliberativo, del Consejo Fiscal y de los Comités Técnicos serán ejercidos en su plenitud durante el mandato de 4 (cuatro) años hastal as elecciones a seren realizadas en el primer cuadrimestre de cada cuadriénio, cuando será realizada al Asamblea General por la elección de los miembros del Consejo Deliberativo, de la Directiva Ejecutiva y del Consejo Fiscal, que tomarán pose el dia 1º de mayo do mismo año.
Art. 67 - La Sociedad afiliandose a la entidad, organismos y las otras Sociedades, sean nacionales el extranjeros,se hagan representrar por un miembro del Consejo Deliberativo, cuya representación sea inherente al ramo de actividad objetivado por la filiada, por el Director General o quien este designar y/o aún por un socio que pertenezca a la misma categoria de la entidad a la cual la Sociedad se afilió.
(Alteración estatutaria presentada por el Consejo deliberativo en las Asambleas Generales Extraordinarias realizadas en 29 de octubre de 2004, 16 de noviembre de 2004 y finalmente aprobada en la Asamblea General Extraordinaria del dia 01 de diciembre de 2004, con la correción de error formal del Artículo 66, aprovado po la Asamblea General ordinaria del 25 de abril de 2006).

